Última actualización en 17/04/2026

Beneficiarios del seguro de vida

Libre designación de los beneficiarios: el tomador del seguro de vida, que en el caso de nuestro seguro de vida tiene que coincidir con el asegurado, puede designar los beneficiarios de su elección. Pueden ser tanto personas físicas como o jurídicas (por ejemplo un banco para cubrir una hipoteca).

Beneficiarios por defecto: en defecto de designación expresa, será beneficiario por orden preferente y excluyente:

  1. Cónyuge no separado por resolución judicial
  2. Hijos supérstites (vivos) a partes iguales
  3. Padres supérstites (vivos) a partes iguales
  4. Herederos del asegurado

Podrás elegir los beneficiarios en el momento de la contratación del seguro, y modificarlos posteriormente cuando quieras, desde tu área privada.


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