Última actualización en 08/05/2025

Colaboraciones publicitarias

Invertimos en publicidad para conseguir acelerar nuestro crecimiento, tener más clientes y crecer más en volumen para poder seguir bajando los costes y las comisiones para todos nuestros clientes.

Es nuestro círculo de éxito: menos comisiones nos permite obtener una mayor rentabilidad lo que a su vez nos permite conseguir un mayor volumen, menores comisiones, ...

A nivel de publicidad, intentamos en la medida de lo posible crear colaboraciones a largo plazo, con medios de comunicación, comparadores online o divulgadores financieros. Buscamos crear relaciones sostenibles en el tiempo, en lugar de campañas puntuales.

Con nuestro acuerdo de publicidad obtendrás:

* No tenemos programa de afiliación ni de pago por cliente porque el criterio actual de la Comisión Nacional del Mercado de Valores CNMV) limita el pago variable a aquellos que comercialicen nuestros servicios. Para ello es necesario ser autorizado por el supervisor (por ejemplo: como agente exclusivo de Indexa Capital).

Para empezar una colaboración publicitaria con nosotros:

  • Escribirnos a info@indexacapital.com para ofrecernos anunciarnos en tu medio de comunicación (ej. web, blog, libro, pódcast, canal de vídeos, ...).
  • En caso de considerar que nos encaja la colaboración, te enviaremos una propuesta de publicidad.
  • Es necesario tener una cuenta abierta, o en curso de apertura, para poder obtener el enlace de invitación.
  • Estableceremos un importe fijo trimestral, revisable en función de los resultados.
  • Firmaremos un contrato de colaboración en el que se establecen las siguientes condiciones:
    • Informar de forma transparente a la audiencia que cobra por publicidad.
    • No interactuar con clientes sobre nuestros productos.
    • Es necesario respaldar tus afirmaciones con datos verificables.
    • No anunciarse sobre nuestra marca “Indexa” o “Indexa Capital” ni hacer ninguna campaña específicamente orientada a nuestros usuarios en ningún soporte.
    • No ofrecer incentivos adicionales a los clientes por abrirse una cuenta (ni pagos, ni descuentos adicionales, ni sorteos).
    • Si quieres, puedes ver un ejemplo de nuestro contrato de publicidad.
  • Elaboraremos una lista de los sitios donde se informa sobre nosotros, para poder hacer el seguimiento por nuestra parte y recibirás revisiones periódicas del contenido donde te informaremos de los cambios a realizar (en caso de que los haya).
  • Nos podrás enviar la factura al inicio o al final del periodo (es posible facturar anualmente y semestralmente según las condiciones de cada soporte).

El objetivo del programa publicitario es dar a conocer nuestros servicios de forma fidedigna y de ganar un mayor volumen. Estamos a tu disposición para comentar cualquier duda o sugerencia que puedas tener.

En cuanto al ámbito legal, nuestro programa de publicidad se rige con las siguientes normas:

  • Nuestra propia política de publicidad de Indexa
  • Directrices de la CNMV para PFP's (Plataformas de Financiación Participativa) que indican el criterio que está siguiendo en cuanto a publicidad en agregadores o comparadores
  • Circular 2/2020, de 28 de octubre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre publicidad de los productos y servicios de inversión
  • Orden EHA/1717/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos de inversión
  • Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad
  • Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal

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Nuestro equipo de soporte está a tu disposición.