Última actualización en 20/03/2023

Los clientes de cuentas de fondos que van a vivir a un país no aceptado pueden mantener su cuenta

Ofrecemos nuestro servicio de gestión de carteras de fondos a las personas físicas residentes en una serie de "países aceptados" elegidos por Indexa por razones de facilidad de cumplimiento normativo. En este momento, estos países son los países de la Unión Europea (excepto Chipre y Malta), el Reino Unido (excepto Gibraltar) y Suiza.

En caso de que un cliente de cartera de fondos cambie su domicilio fiscal a un país no admitido por Indexa, podrá conservar su cuenta de fondo abierta con Indexa pero no abrir nuevas cuentas:

  • Tendrá la obligación de informar a Indexa modificando su residencia fiscal en su área privada \ Usuario \ Configuración usuario \ Datos fiscales
  • Podrá seguir haciendo aportaciones a su cuenta, por transferencia bancaria desde cuentas bancarias domiciliadas en uno de los países aceptados, y sus aportaciones se seguirán invirtiendo en los fondos de su cartera (salvo si es residente en Estados Unidos, ver más detalles abajo)
  • Podrá retirar dinero por transferencia bancaria a cuentas domiciliadas en los países admitidos
  • No podrá aportar dinero o retirar dinero por transferencia desde o a cuentas en países no aceptados por Indexa

Los residentes en Estados Unidos (US person), por la regulación estadounidense y por las correspondientes limitaciones establecidas por las gestoras de los fondos (ej. Vanguard), no pueden aportar a los fondos de inversión europeos de estas gestoras y no podremos invertir las eventuales aportaciones adicionales que podrían hacer a su cuenta de fondos con nosotros, ni tampoco realizar reajustes para corregir las posibles desviaciones.

Pregunta relacionada: Fiscalidad de las carteras de fondos para personas no residentes en España.


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