Última actualización en 02/03/2024

Fiscalidad de las carteras de fondos para personas residentes fuera de España

En el caso de declarar que eres residente fiscal fuera de España (en tu área privada \ Configuración de usuario \ Datos fiscales), los reajustes automáticos de cartera, se realizan mediante venta de participaciones que podrán generar plusvalías y minusvalías con la correspondiente carga fiscal del país en el que declares tus ingresos.

No es posible realizar traspasos entre fondos porque los fondos en España solo son traspasables para las personas físicas residentes en España. En el caso de las cuentas de menores de edad, aunque el menor sea residente en España, si el representante legal no es residente, no se podrán realizar traspasos entre los fondos.

En el caso de que tengas tu cuenta en Inversis, el banco custodio aplicará una retención del 19 % a cuenta por rendimiento de capital mobiliario que se ingresa en la Hacienda española. Para evitar esta retención, puedes enviarnos un certificado oficial de tu residencia fiscal en el extranjero a efectos del convenio de doble imposición entre el país de residencia y España (es importante ese asunto en concreto), reciente (de hace menos de 6 meses). Ver un ejemplo

En cuanto a los impuestos que te corresponden pagar fuera de España, recomendamos consultarlo con un fiscalista.


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